· 

Seguro Obligatorio en Carreteras Federales

Si conduces tu auto, camión o motocicleta por carreteras federales deberás contar con un seguro que por lo menos cubra daños a terceros. Ya que a partir de octubre de 2014 quien no cuente con este seguro se hace acreedor a una multa de entre 20 y 40 días de salario mínimo (de 1,600.80 a 3,201.60 pesos actuales).

 

En marzo del 2014 fueron aprobadas reformas a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal que hace obligatorio a todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales, contratar un seguro que responda por los daños y perjuicios causados a otro vehículo o personas en caso de algún accidente.

De manera que si Usted no tiene contratado un seguro, ahora deberá hacerlo aunque solo transite por carreteras o tramos federales una vez al año.

 

La Policía Federal será la responsable de verificar el cumplimiento de esta norma. Sin embargo, para evitar prácticas deshonestas, los conductores sólo podrán ser detenidos a partir de las inspecciones regulares que hoy en día se aplican en las carreteras, cuando se infrinjan disposiciones del Reglamento de Tránsito o cuando haya accidentes.

 

En caso de que el vehículo no cuente con la póliza de seguro, la autoridad impondría la multa correspondiente, pero se tendrá un periodo de gracia de 45 días posteriores a la fecha de la multa para contratar y demostrar la existencia de dicho seguro para lograr la cancelación de la multa.

 

“Si el conductor demuestra que contrató el seguro en ese plazo, ya no se le aplicará la infracción, pero eso no quiere decir que el nuevo seguro cubra un siniestro pasado. En este caso, el conductor no pagaría la multa, pero sí los daños causados por el accidente”.

 

Esta medida pretende evitar altos costos que generan los accidentes viales en carreteras de alrededor de $121,000 millones de pesos anuales, que deben ser cubiertos con el presupuesto de egresos de la federación, cuando los causantes no cuentan con seguros o recursos propios para hacer frente a las consecuencias de dichos accidentes.

 

Actualmente Capufe (Caminos y Puentes Federales) cuenta con un seguro dentro de sus puentes y autopistas de cuota que cubre lo siguiente:

-Daños originados por desperfectos en el camino.

-Daños originados por los conductores a la autopista, al vehículo de terceros y gastos médicos de los afectados en un accidente.

 

Lamentablemente esta protección no se tiene en todas las carreteras por lo que además de continuar la protección en las autopistas de cuota, ahora se tendrá el seguro particular de responsabilidad civil, ambos seguros cubrirán por partes iguales los daños causados hasta que se agote el seguro con la cobertura más baja. El seguro que tenga el tope más alto seguiría pagando el resto de los daños hasta la suma máxima asegurada. Con el seguro obligatorio se pretende extender la protección a todas las carreteras del país.

 

Se tiene contemplada la creación de un seguro específico para este caso, cuyo costo podría ser de entre $900 a $1,100 pesos y aunque no se definen aún las características, lo normal es que cubra tanto en carreteras como en la cuidad, por lo que la contratación del seguro obligatorio significará contar también con protección aún cuando se viaje muy poco por carreteras federales.

 

Si actualmente ya cuenta con un seguro de cobertura amplia, limitada o de responsabilidad civil ya no tendrá que contratar este seguro, ya que los seguros cubren en la totalidad del territorio nacional. 

Sin embargo es importante que cuente con un certificado anexo que contemple la cobertura obligatoria. Algunas aseguradoras ya incluyen el certificado en la póliza en caso que no esté incluida deberá solicitarlo a su agente.

Escribir comentario

Comentarios: 0